El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 declaró improcedente el pedido de nulidad total de los votos emitidos en el extranjero presentado por la organización política Juntos por el Perú en el marco de la Segunda Elección Presidencial 2026. La decisión fue oficializada mediante la Resolución N.° 09641-2026-JEE-LIC2/JNE, emitida el 24 de junio de 2026.
De acuerdo con el colegiado electoral, la solicitud fue presentada el 22 de junio, doce días después del vencimiento del plazo legal establecido para formular pedidos de nulidad electoral. La normativa vigente señala que estas solicitudes deben presentarse dentro de los tres días posteriores a la realización de la elección, que en este caso se llevó a cabo el 7 de junio. Por ello, el plazo máximo venció el 10 de junio.
La organización política buscaba la nulidad de los votos emitidos en todas las mesas de sufragio instaladas en oficinas consulares de diversos continentes, incluyendo América, Europa, Asia, África y Oceanía. Sin embargo, el JEE determinó que el recurso era extemporáneo y no cumplía con los requisitos establecidos por la legislación electoral.
Además, la resolución precisa que el pedido tampoco acreditó el pago de la tasa electoral correspondiente, requisito indispensable para la admisión y evaluación de solicitudes de nulidad.
El organismo electoral también exhortó al personero legal de Juntos por el Perú a actuar conforme a los principios de buena fe, colaboración, conducta procedimental y celeridad, con el objetivo de evitar actuaciones que retrasen los procesos electorales y la emisión de resoluciones dentro de plazos razonables.
Por otro lado, mediante una segunda resolución, el JEE Lima Centro 2 declaró improcedente otro pedido de nulidad presentado por una ciudadana peruana respecto a mesas de sufragio ubicadas en Estados Unidos, Francia y España. En este caso, el colegiado argumentó tres causales: presentación extemporánea, falta de legitimidad para solicitar la nulidad y ausencia del pago de la tasa electoral.
Con estas decisiones, el sistema electoral continúa resolviendo las impugnaciones presentadas tras la segunda vuelta presidencial de 2026, aplicando los plazos y requisitos establecidos en la normativa vigente para garantizar la seguridad jurídica y la transparencia del proceso electoral.